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Cómo realizar una obra en un edificio protegido

Palacetes en El Carmen

Escrito por Almudena Ortuño

4 febrero, 2020
  • Existen distintas normativas que protegen los edificios valiosos, a nivel histórico, cultural y artístico, de la ciudad de València

  • Dependiendo del nivel de protección, la intervención durante una obra podrá ser mayor o menor (e incluso estar prohibida)

  • Las obras sobre bienes protegidos se rigen por pautas especiales

Como la mayoría de ciudades, València tiene su propio Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, cuyo objetivo es salvaguardar las joyas arquitectónicas del entorno. El patrimonio, que no es fácil de acotar. Porque oye, ¿quién decide los edificios que deben pasar a la historia por su valor arqueológico, cultural, documental, artístico o cualquier otra consideración? Es cosa de los expertos, pero también de los ciudadanos, Y además, ¿qué medidas de protección es oportuno adoptar con respecto a cada uno de ellos, teniendo en cuenta sus singularidades?

Vamos a intentar aclararlo. 

Hay tres tipos de Bienes Protegidos:

  • Bienes de Interés Cultural (BIC). Aquellos que por su relevancia forman parte del Patrimonio Histórico Español y se benefician de su legislación. Pueden ser Monumentos, Conjuntos Históricos, Jardines o Zonas Arqueológicas.
  • Bienes de Relevancia Local. Aquellos que, sin la relevancia reconocida a los BIC, tienen algún tipo de valor histórico, artístico, arquitectónico, documental… Aquí entran también núcleos históricos, monumentos de interés local o asentamientos rurales, entre otros. Por poner un ejemplo, los refugios de la Guerra Civil o las chimeneas de estilo industrial.
  • Bienes y espacios no inscritos en el inventario del Patrimonio cultural valenciano.  Estos últimos tienen un nivel de protección integral (si deben preservarse íntegramente por su singularidad), parcial (si lo valioso son determinados elementos, como por ejemplo, la fachada) o ambiental (construcciones que, aun sin presentar un especial valor en sí mismas, contribuyen a definir un entorno). ¿No se te ocurren? Piensa en las barracas.
Barraca en L'Albufera

¿Todo esto para qué sirve? La Administración y los propietarios de bienes inmuebles protegidos, deben custodiarlos y conservarlos adecuadamente. En función de sus fichas técnicas, se puede proceder a distintos modos de intervención. A veces basta con tomar medidas de conservación. veces será necesaria la restauración para recuperar su imagen, o incluso la rehabilitación (que además de la estética, persigue la mejora y la adecuación de las condiciones). Lo más grave, claro, es la reconstrucción. Y hay un protocolo estricto sobre cómo proceder en cada caso.

El dilema para los ciudadanos viene cuando se encuentran con el cometido de reformar una casa histórica y deben solicitar todos los permisos pertinentes, además de seguir las pautas que establece la normativa. Los arquitectos las conocen, como no podía ser de otro modo, pero al propietario… se le escapan. La obra debe tener en cuenta muchas singularidades, que pasamos a recopilar en la medida de lo posible, destacando las consideraciones más relevantes:

  • En los bienes y espacios protegidos no se puede incrementar el volumen ni alterar los parámetros esenciales de la edificación existente. Se acepta, eso sí, una redistribución del espacio interior, cumpliendo ciertas pautas.
  • Solamente por circunstancias justificadas se permite, en casos de protección ambiental, como los jardines, la alteración de la parcela. Sin embargo, se exige que favorezca la integración de los elementos.
  • A fin de preservar la imagen, la instalación de rótulos de carácter comercial o similar se limita a casos en los que no tenga incidencia en el paisaje urbano.
  • Los materiales empleados habrán de adecuarse preferentemente a los que había en el edificio en su forma originaria para que el resultado sea lo más parecido al original. Y si difieren, estar dentro de las exigencias ambientales.
  • Todo esto viene regulado por la Comisión Municipal de Patrimonio, que informa de las licencias para intervenir sobre bienes protegidos. 
Jardines del Muvim

Recopilando…

Puestos a llevar a cabo una obra de cierta magnitud sobre un edificio que tenga una categoría protegida, ya sea mayor o menor, mejor consultar con un experto. Nos sorprendería la cantidad de irregularidades en las que podemos incurrir sin un conocimiento exhaustivo de la normativa. Al mismo tiempo, está bien informarse sobre las distintas ayudas que otorga el Ayuntamiento, que tienen un plazo muy determinado. Sea como sea, no te lances a la aventura. Vale la pena que te informes, lo reflexiones con calma y medites cada uno de los pasos, no vaya a ser que te veas con una sanción y acusado de haber alterado el Patrimonio Español.

Signifique lo que signifique ese patrimonio.

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